- Diario La Bastilla

03/02/2026

 

Reportaje a Matías Cremonte, abogado laboralista

“Es el ataque más fuerte a la organización sindical desde la dictadura”

La reforma laboral impulsada por Milei “apunta a falicitar despidos” y “debilitar a los sindicatos” advierte Matías Cremonte en diálogo con Página/12

Matias Cremonte, abogado laboralista
Matias Cremonte Matias Cremonte, abogado laboralista (web)

“Hay cierta contradicción en el hecho de que esta reforma laboral, que según el gobierno está pensada para crear empleo, comience facilitando los despidos”, comenta -entre la ironía y la amargura- Matías Cremonte. Abogado laboralista, Cremonte es un conocedor de los conflictos que atraviesan los trabajadores en la Argentina y un especialista en derecho del trabajo reconocido en la región: el año pasado fue reelecto como presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas (ALAL). Sobre el proyecto de reforma laboral que el Congreso comenzará a tratar en menos de veinte días no tiene medias tintas: lo considera “el ataque más brutal a la acción colectiva desde los tiempos de la dictadura”.

¿Por qué? Lo explicará en lo que sigue de la nota. “Empecemos por lo que la reforma laboral no es -dice a Página12-. El proyecto plantea que va a modernizar las relaciones laborales y generar empleo, pero eso es falso. Existen numerosos estudios de la OIT, de la OCDE, de Naciones Unidas que analizan reformas laborales en el mundo, y en todos los casos llegaron a la conclusión de que nunca una reforma laboral fue la responsable de generar crecimiento económico o crecimiento del empleo, porque lo que en realidad genera condiciones para que se contraten más trabajadores no son las leyes sino la política económica. El gobierno sabe que lo que plantea es falso, y tiene perfectamente claro que no va a ocurrir lo que anuncia como objetivo de la reforma”.

-¿Cuál sería su verdadero objetivo, entonces?

-Un aumento de la rentabilidad empresaria y del sometimiento de los trabajadores, que van a perder muchas de las herramientas que hoy tienen en el marco de un contrato de trabajo. Lo que busca además el gobierno es disciplinar la acción colectiva y a los sindicatos.

-Vayamos por sus puntos concretos. Con esta reforma laboral, ¿qué va a pasar con las horas extras?

-Dejarían de existir. Es decir, dejaría de abonarse un recargo por la hora que se trabaja por fuera de la jornada normal.

-Por qué?

-Porque desaparecería la jornada diaria de ocho horas. En su lugar pasaría a haber un banco de horas, que va a contabilizar las horas trabajadas en un periodo más amplio, mensual o trimestral. La obligación pasaría a ser trabajar una cantidad de horas por ese periodo mucho más largo, al final del cual se contabilizarían cuántas horas se trabajó. Si se trabajó de menos hay que devolverle a ese banco las horas que se adeudan, trabajar más en el periodo siguiente, pero si se trabajó de más no hay derecho a percibir el pago de esas horas, ni mucho menos con recargo, sino que en todo caso el trabajador tendrá un descanso compensatorio. Pero ni siquiera está establecido cuándo, siempre queda sujeto a la voluntad discrecional del empleador.

-¿Qué va a pasar con las vacaciones?

- También es la discrecionalidad del empleador la que va a determinar cuándo se pueden tomar. Si bien el proyecto mantiene la misma cantidad de días de descanso anual, lo que modifica es que las vacaciones se puedan fraccionar en hasta 3 veces en el año y que el empleador va a disponer cuándo el trabajador puede tomarlas. La única salvedad es que, una vez cada 3 años, ese descanso deberá ser en el periodo de verano. Entonces, tanto con el banco de horas como con las vacaciones fraccionadas, algo que era parte del derecho del trabajador a organizar su vida por afuera del trabajo, ahora se pierde. Se perderá el derecho de las personas a organizar su vida fuera del trabajo, tanto su descanso como sus vacaciones.

-Las indemnizaciones por despido ¿pasarían a ser más baratas?

- Sí, se van a reducir porque se calculan en base al salario más alto del año, pero el proyecto dispone que se tome un salario sin premios ni aguinaldo ni vacaciones. Y eso no es lo más grave: lo realmente nocivo es que se crea un fondo de asistencia laboral, el FAL, al cual los empleadores deberán aportar un 3% del salario de cada uno de sus empleados. Ese fondo va a ser administrado por aseguradoras y es un gran negocio financiero, como lo fueron las AFJP, como lo son las ART. Cuando un empleador quiera despedir a un trabajador sin causa, va a retirar de ese fondo la indemnización. Pero lo perverso de esto es que, como se incrementan en un 3% los aportes patronales, porque es un aporte nuevo el que se crea para el Fondo de Asistencia Laboral, como compensación se van a reducir los aportes previsionales que hace el empleador, en un 3%. Entonces, lo perverso es que en realidad quienes estarán aportando a ese Fondo de Asistencia Laboral van a ser los propios trabajadores, porque eso reduce el aporte a sus jubilaciones. Serán los trabajadores quienes van a estar subsidiando sus propios despidos.

Cremonte advierte sobre otra consecuencia de los cambios que impulsa el gobierno. Al abaratar las indemnizaciones, éstas dejarán de ser una penalidad que desincentiva los despidos sin causa. “Eso contradice el deber del Estado de proteger los puestos de trabajo”. Habla también de la incongruencia de un proyecto que supuestamente viene a “modernizar” la ley laboral, pero que desconoce las nuevas formas de trabajo. Por ejemplo, deroga la ley de teletrabajo y con ella las protecciones que tenía el trabajo remoto, como el derecho a la desconexión o a que el trabajador no tenga que afrontar los gastos extras de trabajar en su casa. ”La ley de teletrabajo es probablemente la más moderna que existe en nuestro país, y pretenden derogarla sin proponer un proyecto alternativo”. Para los repartidores de aplicaciones la reforma será directamente letal, porque los desconoce como trabajadores. El proyecto los nombra como “repartidores independientes”, explica Cremonte, “y considera que la relación entre los repartidores y las empresas de plataformas es una relación comercial entre iguales, lo que por supuesto va ar perpetuar las condiciones de precariedad más absoluta que hoy tienen los repartidores”.

Pero donde Cremonte ve el peligro más fuerte es en el ataque a la acción colectiva, porque la reforma restringe la posibilidad de que los trabajadores hagan asambleas y limita el derecho a huelga. “La posibilidad de hacer un paro es restringida de manera casi prohibitiva al ampliar lo que se considera servicio esencial a casi la totalidad de las actividades”, señala. Como parte del mismo combo, el proyecto habilita a que, en negociaciones por empresa, se pierdan derechos ganados en los convenios por actividad. Y pone fin a la ultraactividad de los convenios colectivos -que hoy permite que continúen vigentes hasta que se firme uno nuevo-. “Esto va a ser una espada de Damocles para los sindicatos, que van a tener que apresurarse a negociar antes de la fecha límite, y seguramente no en las mejores condiciones, a cambio de no perderlo todo”. En síntesis, remarca“se trata del ataque más brutal a la organización sindical desde la época de dictadura”.

-Parte del debate de cómo frenar la ley, y algunas propuestas ponen el foco en ir a la Justicia. ¿Se podría anular la ley luego de ser sancionada, por ejemplo planteando su inconstitucionalidad?

-El proyecto es inconstitucional y contraría una cantidad enorme de tratados internacionales, por donde se la mire es una ley que puede ser declarada inconstitucional. Ahora, eso no significa que vaya a ocurrir rápidamente, como ocurrió por ejemplo con el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23.

-¿Por qué?

-Porque ya no se tratará de un DNU sino de una ley sancionada por el Congreso Nacional, y si se sanciona como ley no es tan fácil que se declare la inconstitucionalidad de todo el texto. Puede ser de algún capítulo que sea manifiestamente inconstitucional, por ejemplo el que restringe de manera casi absoluta el derecho de huelga, ese puede ser declarado inconstitucional a pedido de algún sindicato o de las centrales sindicales... pero con una norma tan regresiva y que supone un perjuicio tan brutal para todas las personas que trabajan, no podemos esperar a que se transforme en ley y a que luego el Poder Judicial venga a suspender en todo o en parte su contenido. En lo que debemos trabajar los que formamos parte o que estamos preocupados por la defensa del derecho del trabajo es en que no se sancione la ley. El movimiento obrero tiene herramientas constitucionales para oponerse, como el derecho de huelga, el derecho de protesta, el derecho de manifestación. Los representantes del pueblo dentro del Congreso no deberían sancionar una ley que va a perjudicar a la totalidad de los trabajadores.

-La reforma laboral ¿va a perjudicar tanto a los trabajadores registrados como a los informales?

-Va a perjudicar a todos, tanto a los formales como a los informales, porque la legislación laboral se aplica a todos, incluso a quienes no son reconocidos o cuya relación no está registrada por el empleador. Cuando se reducen los derechos de los trabajadores formales se reducen los de todos porque se cae el parámetro.


Fuente: Página/12

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