El insólito crédito de casi 45
mil millones de dólares es un acto judiciable por la acumulación de
irregularidades y por el destino de esos fondos
El FMIgate pone en el banquillo a
Macri con sus economistas
Alberto Fernández impulsó una medida inédita para un
Presidente en democracia: no sólo investigar la deuda externa y la fuga de esos
dólares, sino también iniciar una querella criminal para los responsables.
Falsa comparación de economistas mediáticos con la causa judicial "dólar
futuro". Al Capone cayó por evasión impositiva, no por sus peores delitos.
Por Alfredo Zaiat
Acordar un préstamo del FMI es un acto de gobierno
judiciable si se violan leyes que regulan la administración financiera
de la Nación. Este es el caso del crédito por 57 mil millones de dólares, de
los cuales se desembolsaron casi 45 mil millones de dólares.
Intervenir en el mercado cambiario a través del Banco
Central mediante el instrumento financiero denominado "Contratos
de dólar futuro" no es judiciable si se cumplen cada una de las
normas de esa actividad. Esto fue lo que sucedió en el segundo mandato de
Cristina Fernández.
Igualar ambas situaciones busca
desestimar la investigación acerca de cómo fue el proceso para recibir ese
insólito crédito con el Fondo y cuestionar la orden impartida por el presidente
Alberto Fernández de iniciar una demanda judicial a los responsables de ese
ruinoso acuerdo. Es una estrategia polÃtica de confusión deliberada.
Además de inaudito por el monto involucrado y de
constituir la peor herencia dejada por el gobierno de Macri, el recorrido
para la aprobación del crédito del FMI es opaco e irregular.
El FMIgate fue detallado el
domingo pasado en estas páginas, un dÃa
antes del discurso presidencial.
Extraordinaria
La decisión de Fernández
es extraordinaria porque es la primera vez
que un Presidente no sólo impulsa una investigación sobre el origen de la deuda
externa y la posterior fuga de esos dólares, sino que avanza en disponer
una querella criminal "a los autores y partÃcipes de la mayor
administración fraudulenta y de la mayor malversación de caudales que nuestra
memoria registra".
En la primavera democrática, el gobierno de Raúl
AlfonsÃn habÃa promovido una investigación en el Banco Central, bajo
la conducción de Enrique GarcÃa Vázquez, sobre el origen de la deuda de la
dictadura militar, que en menos de un año quedó desactivada.
La causa Olmos que tuvo
sentencia condenatoria para los responsables de la deuda de la dictadura fue
una iniciativa personal del historiador, sin consecuencias penales para los
endeudadores y grupos económicos.
La investigación sobre la fuga de capitales de
2001 fue una propuesta empujada en el Congreso a través de una
comisión bicameral.
Hace un año, Alberto Fernández, también en la inauguración
de la Asamblea Legislativa, habÃa reclamado al Banco Central una pesquisa
acerca de la fuga de capitales en los años del vertiginoso endeudamiento
macrista.
Nunca antes un Presidente habÃa emprendido el necesario
paso adicional. Es lo que hizo ahora Alberto Fernández: exigió a
quien corresponda de las áreas de gobierno que inicie una querella
criminal a los responsables del FMIgate.
Justicia
Las polÃticas económicas no son judiciables y, por lo
tanto, tampoco los instrumentos utilizados para desplegarlas. Pueden ser
subir o bajar impuestos, privilegiar determinadas actividades con regÃmenes de
promoción, intervenir en el mercado financiero a través de la tasa de interés,
de contratos dólar futuro o de la compraventa de reservas del Banco Central, emitir
deuda en pesos y en dólares en el mercado local o internacional, contraer
préstamos con organismos multilaterales, o diseñar planes de administración de
precios.
Muchas otras herramientas están a mano de los gobiernos
para ordenar una polÃtica económica especÃfica. Es obvio que esas decisiones,
con saldos positivos o negativos para el bienestar general y la estabilidad
macroeconómica, no deberÃan ser motivo de causas judiciales.
Ahora bien, cuando alguna de esas medidas u otras son
implementadas en forma irregular y violando normas de procedimiento, o en
abierto conflicto de intereses (beneficiando a funcionarios y familiares de
ellos), o cometiendo ilÃcitos, como el provecho particular por el acceso a
información privilegiada o por participar de una red de comisiones, deben
ser castigados sus responsables luego de cumplir con los pasos
procesales correspondientes en el ámbito de la Justicia.
No hacerlo es consagrar la impunidad y
convertir el aparato estatal en un vehÃculo de negocios espurios, con costos
sociales y económicos muy elevados, los cuales son padecidos por los grupos
vulnerados.
No se trata de una cuestión moral o de
oposición a cierta orientación de polÃtica económica; son delitos realizados
por personas ejerciendo la función pública.
Este es el caso del FMIgate; no asà la
absurda causa judicial "dólar futuro".
Complicidad
El insólito crédito del FMI al gobierno de Mauricio Macri
es polÃticamente cuestionable con consecuencias nocivas para la economÃa y la
calidad de vida de la mayorÃa de la población, y será una carga pesada por
muchos años. Como repite el coro afinado de economistas mediáticos,
voceros del poder económico y medios de comunicación de derecha, no es
judiciable tomar un préstamo con un organismo financiero internacional.
Esta coordinada complicidad con el desastre
financiero dejado por la alianza macrismo-radicalismo no considera,
por conveniencia o por ignorancia, que el crédito con el FMI ha violado
normas y procedimientos definidos por la Ley de Administración
Financiera e incluso de la Constitución Nacional.
Muchos pueden evaluar que se trata de formalidades y que
los dólares del FMI llegaron a las arcas del Banco Central y, por lo tanto, no
es para tanto esos desvÃos. El detalle no menor es que se trató de desembolsos
por un total de casi 45.000 millones de dólares, monto que exige cumplir
estrictos criterios de control, autorización previa y estudios
financieros sobre el manejo de pasivos públicos.
Si esas condiciones para recibir un crédito de
esa magnitud son consideradas cuestiones menores, que queda entonces
para exigir a funcionarios sobre la responsabilidad en operaciones financieras
de menor cuantÃa, licitaciones públicas o manejos de presupuestos por montos
muchos más bajos.
Como se informó en estas páginas a mediados del último
año del gobierno de Macri y cuando el Frente de Todos estaba ocupado en otras
cosas porque recién nacÃa, el crédito del FMI estaba flojo de papeles. No deberÃa
entonces ser una novedad ni generar sorpresa. Lo que sà alteró los
nervios del establishment es que el presidente Alberto Fernández se
haya puesto al frente y anunciara que iniciará una querella criminal por ese
préstamo.
Mesa de
dinero
La demanda judicial no es por el crédito en sÃ, sino
porque los funcionarios responsables lo definieron y firmaron como si
fueran dueños de una mesa de dinero clandestina. Lo suscribieron sin
cumplir ninguna regla de procedimientos administrativos del Estado.
No es un tema menor porque si esta fuera la forma de gobernar, las tareas de responsabilidad pública quedarÃan a la libre discrecionalidad de funcionarios. Y un préstamo total por 57 mil millones de dólares es lo suficientemente importante como para ser muy estrictos con las normas de procedimientos.
Los economistas macristas (Nicolás Dujovne,
Federico Sturzenegger, Luis Caputo, Hernán Lacunza y Guido Sandleris) se
manejaron como patrones del Estado con la soberbia de que no
tienen que dar cuenta a nadie.
Un trabajo conjunto del Movimiento Nacional de
Empresas Recuperadas, con Eduardo "Vasco" Murúa,
del Centro para la Integración Financiera/CEPPAS, con Eduardo
Codianni, y de la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP),
demostraron judicialmente que, para contraer el crédito más importante de la
historia argentina y del propio FMI, el macrismo violó todas y cada una
de las normas nacionales que determinan cómo se tienen que tomar decisiones
administrativas de estas caracterÃsticas (causas “Murúa” y
“Codianni”).
En concreto, con la estrategia y acciones administrativas
y judiciales impulsadas a lo largo de casi tres años de ese trabajo colectivo
se pudo demostrar, con documentos oficiales, que:
1. El expediente a través
del cual debió haber tramitado la decisión de contraer el crédito se inició el
21 de junio de 2018. Esto es, nueve dÃas después de la firma de la Carta de
Intención para solicitar el crédito. Sin expediente no hay procedimiento administrativo
válido (artÃculo 7, incisos b y d, de la Ley Nacional de Procedimientos
Administrativos –LNPA-).
2. No se emitió dictamen
jurÃdico previo a la firma de dicha Carta de Intención, y sin ese
paso no hay decisión administrativa válida (artÃculo 7, inciso d, de la LNPA).
3. No se emitió el dictamen
técnico previo del Banco Central sobre el impacto del crédito en la balanza de
pagos. Sin este dictamen toda deuda externa es nula (artÃculo 61 y 66 de la Ley
de Administración Financiera N°24.156).
4. No se dictaron actos
administrativos que decidieran tomar el crédito (decreto presidencial ni
resoluciones de Hacienda o del BCRA). El ministro de Hacienda y el presidente
del Banco Central no tenÃan competencia para firmarlo solos; debió autorizarlo
el Presidente (artÃculo 99, inciso 11, de la Constitución Nacional).
5. Los datos y proyecciones
que contienen los memorandos adjuntos a la Carta de Intención no
se fundan en ningún estudio, informe, dictamen u opinión técnica. Sin causa
válida toda decisión administrativa es nula (artÃculos 7, inciso b, y 14 de la
LNPA).
6. No hay constancia de
haberse suscripto acuerdo alguno ni del acto de aprobación por parte del FMI, a
pesar que la Carta dice que los memorandos “deben usarse para el diseño del
acuerdo stand-by”.
Fuga de
capitales
Los defensores del FMIgate afirman que
el artÃculo 60 de la Ley de Administración Financiera exceptúa los créditos
formalizados por el Poder Ejecutivo con organismos financieros internacionales.
No es asÃ.
Un documento del Banco Central explica que no "se
trató de un préstamo tomado para realizar inversiones para el desarrollo
económico del paÃs declaradas de interés nacional por ley o por el Poder
Ejecutivo, único caso en que esa ley lo faculta a contratar préstamos con
organismos internacionales a los que el paÃs pertenezca como miembro, siempre
que el préstamo se ajuste a las condiciones usuales de los respectivos
convenios básicos, condición ésta que tampoco se cumplÃa por la
excepcionalidad del monto en términos cuantitativos, a la luz de la cuota
correspondiente a la Argentina".
El Banco Central indica que los dólares del crédito del
Fondo (más otras reservas) abastecieron la fuga de capitales del sector
privado, que en total alcanzó los 45.100 millones de dólares.
Por lo tanto, el informe menciona que ante “la ausencia
absoluta de medidas de contención de dicha fuga da cuenta de la flagrante
violación a los términos del artÃculo VI del convenio constitutivo del FMI,
aprobado por Argentina por Ley 21.648 que prohÃbe la utilización de los
recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable y
continua de capitales”.
Leyes
El mismo dÃa que Alberto Fernández anunció que instruyó
iniciar la querella criminal, la actual conducción del Banco
Central informó acerca de los pasos
que está haciendo en esa investigación.
Explicó que los expedientes que dieron origen a los
dos acuerdos firmados por la administración de Macri con el Fondo
Monetario “resultarÃan incumplimientos a los procedimientos
establecidos en diversas leyes para la constitución de deuda pública externa,
asà como la violación de obligaciones asumidas con el FMI”.
Como se mencionó arriba, el Central señala que en el
primer acuerdo firmado con el Fondo surge la “ausencia de dictamen
jurÃdico previo” a la firma de la Carta de intención y los Memorándums
de polÃtica económica y financiera y de Entendimiento técnico, que luego se
intentó subsanar con un dictamen que se limitó a analizar si el exministro de
Hacienda se encontraba facultado para suscribir y cursar las misivas al FMI, de
acuerdo al rol que le asigna el artÃculo V, sección I de su convenio
constitutivo.
Ese dictamen posterior a la firma no se pronuncia sobre
las cuestiones medulares que necesariamente deberÃan haber sido objeto de
estudio legal previo a la suscripción de la Carta de intención con el FMI:
si el Poder Ejecutivo y, en especial, el exministro de
Hacienda eran competentes para decidir y formalizar una operación de crédito
público de esas caracterÃsticas.
Según la legislación vigente (como
las leyes 11.672 permanente de Presupuesto, 19.549 de Procedimiento
Administrativo y 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional) el Ejecutivo no tendrÃa facultades
para la firma del acuerdo.
En el segundo acuerdo con el FMI se incorporó el dictamen
previo, pero sin entrar a considerar si, de acuerdo al ordenamiento
jurÃdico vigente, los órganos que decidieron su ampliación y tales
modificaciones estaban facultados para tomar dicha decisión.
Con la documentación presentada por el Banco Central, la
Sigen y la Oficina Anticorrupción deberán determinar si existieron los
incumplimientos, la existencia de perjuicio para el patrimonio público y las
responsabilidades en los funcionarios.
Comparación
Resulta notable cotejar el cumplimiento de las
normas y procedimientos administrativos en las transacciones de "contratos
dólar futuro" por parte del Banco Central respecto al crédito
pactado con el FMI.
En la presentación ante el Tribunal de Casación, el
expresidente del Banco Central, Alejandro Vanoli, presentó un
detallado documento acerca
de esa operatoria durante el kirchnerismo.
Explicó que el BCRA comenzó a operar en contratos
de futuro en 2005 al amparo de la resolución de directorio Nº181, que
autorizó la adhesión de la entidad monetaria como agente del Mercado a Futuro
de Rosario (Rofex) y como miembro compensador de Argentina Clearing SA, a los
efectos de realizar operaciones en dicho mercado.
El fundamento del directorio para adoptar esa decisión
fue la necesidad de contar con todas las herramientas adecuadas que permitieran
una efectiva polÃtica monetaria y cambiaria.
La intervención del Banco Central en este mercado se
encuadra en el artÃculo 18, inciso a, de la Carta Orgánica, que lo faculta a
comprar y vender a precios de mercado y término con fines de regulación
monetaria y cambiaria.
La decisión sobre la necesidad de ampliación de los
montos para operar en el mercado de dólar futuro fue resorte exclusivo
del directorio del Central. La fundamentación de las decisiones de aumentar los
lÃmites para operar se encuentra en los informes de las gerencias
técnicas (Operaciones Externas y Principal de Operaciones de Mercado)
que luego son considerados e incorporados a las resoluciones que adoptó el
directorio.
Durante la gestión de MartÃn Redrado los
lÃmites aumentaron 19.900 por ciento, en la de Mercedes Marcó del Pont,
25 por ciento, y en la de Alejandro Vanoli, 100 por ciento.
Fraude
Al Capone cayó por un fraude menor
(evasión impositiva) en relación a los muchos delitos que cometÃa con sus
negocios ilegales.
Es difÃcil imaginar un coro de defensores de ese
jefe de una banda de la mafia diciendo que las irregularidades en la
declaración jurada de impuestos no deberÃan ser motivo de una causa judicial
porque fue un desvÃo de su actividad, y que sólo contribuirÃa a profundizar la
grieta.
La banda polÃtica y empresarial que asaltó el Estado en
el perÃodo 2015-2019 cometió delitos administrativos con el préstamo del FMI
que generó un desquicio económico, financiero y social.
Se abre la oportunidad de que a partir de las
irregularidades del FMIgate, una causa judicial permita a la mayorÃa de la
población dimensionar el daño generado por ese crédito y que, esta vez, no
haya impunidad para endeudadores seriales.
azaiat@pagina12.com.ar
Fuente: Página/12

No hay comentarios:
Publicar un comentario