Un desprecio sin descanso: el avance de Milei contra los derechos indígenas
Por Alexia Campos *
10 de diciembre de 2024 -
22:54
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· El 30 de septiembre de 2024, el Gobierno derogó la resolución 4811/96 que regulaba el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, un instrumento administrativo para inscribir las personerías jurídicas de las comunidades indígenas. Considerando el carácter de preexistencia de los Pueblos Originarios reconocido por la Constitución Nacional, este registro es un derecho. La resolución también suspendió todas las solicitudes en trámite e invitó a las jurisdicciones provinciales a celebrar convenios para unificar criterios de inscripción. De este modo, el Ejecutivo Nacional ya no inscribe comunidades, deslindándose de sus obligaciones legales.
En simultáneo, el Poder
Judicial de la provincia de Río Negro, condenó a los y las integrantes de la
comunidad Lof Lafken Winkul Mapu por el delito de “usurpación por despojo”. Se
trata de los hechos ocurridos en noviembre de 2017 en torno a la recuperación
territorial realizada por la comunidad de las tierras bajo dominio de Parques
Nacionales. La justicia consideró que la comunidad había entorpecido el acceso
al predio de las fuerzas de seguridad. Estamos ante los mismos sucesos en donde
la Prefectura había asesinado al joven activista mapuche Rafael Nahuel de un
disparo por la espalda.
Proyectos de ley que vulneran derechos
En el Congreso de la Nación
se están impulsando dos proyectos de ley de Propiedad Comunitaria Indígena
(PCI). Por un lado, el proyecto 2390-D-2024, que fue presentado por la diputada
Roxana Monzón, del partido Unión por la Patria. Por otro lado, el proyecto
0331-D-2024 del diputado Gerardo Milman del partido Propuesta Republicana
(PRO). Aunque ambos partidos políticos tienen ideología, historia y tradición
opuestas, coinciden en la aparente urgencia de regular el acceso a la tierra de
los Pueblos Originarios.
Ambos proyectos contienen
artículos que contradicen los estándares internacionales vigentes en materia de
reconocimiento y protección de derechos colectivos de los Pueblos Indígenas. El
proyecto de la diputada Monzón no reconoce al territorio en su aspecto amplio
(suelo, subsuelo y espacio aéreo) ni la titularidad, uso y derecho de las
comunidades sobre los recursos naturales que se encuentran en sus territorios.
A su vez, el proyecto del diputado Milman autoriza el desalojo en caso de
“disolución” de las comunidades o “abandono” del territorio, negando el vínculo
ancestral, espiritual y consuetudinario que sustenta la relación con la tierra.
Un protocolo que no consulta
El 28 de octubre de 2024,
el Gobierno de la provincia de Río Negro presentó un proyecto que rápidamente
se convirtió en ley: “Procedimiento de convocatoria para realizar la Consulta
Previa, Libre e Informada para las Comunidades Originarias que se encuentran en
el Área de Influencia y que cuenten con Personería Jurídica reconocida por la
Autoridad Provincial”. Estamos ante un protocolo de consulta (sin consulta) que
establece un plazo de 40 días, contradiciendo los estándares internacionales
vigentes que exigen que los procesos deben ser culturalmente adecuados y
respetar los tiempos, instituciones y formas de gobierno.
Sólo el 40% de las
comunidades que habitan la provincia tiene personería jurídica. Al derogar el
registro de inscripción, el Gobierno nacional construye un candado
institucional en materia de reconocimiento y ejercicio de derechos. Nada más
inconstitucional y alejado de los estándares internacionales. Según el
protocolo, las decisiones del proceso de consulta no tendrán carácter
vinculante y estarán cimentadas en la Declaración Jurada de Buenas Prácticas
que deberá presentar el titular del proyecto. Así, todo el proceso de consulta
se basará en dicha declaración que deberá contener la información y
documentación mínima.
Los proyectos de ley de
Propiedad Comunitaria Indígena y el protocolo de consulta de Río Negro se
desarrollan en un contexto donde el Gobierno nacional convirtió en ley el
Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI). Pensado para inversiones
en minería y el sector energético, la mayoría de estas materias primas se encuentran
en los territorios indígenas.
El avance ante la comunidad internacional
El 11 de noviembre, Argentina fue el
único país de la ONU que votó en contra de una resolución sobre derechos de los
Pueblos Indígenas. Basados en los principios
de la Agenda 2030, varios países impulsaron una resolución que reconoce la
imperiosa necesidad de que los Pueblos Indígenas participen en las agendas de
desarrollo, paz, seguridad y justicia. El documento hace hincapié en reforzar
la protección y promoción de los derechos humanos de los pueblos, así como la
obligación de las empresas de respetarlos, en base al principio de
responsabilidad social y ambiental.
Como respuesta, el
movimiento indígena organizado difundió un comunicado titulado “Un voto en
contra que no borra nuestra preexistencia ni nuestros derechos”,
en donde denuncian una política de Estado de “borramiento y aniquilación” de
los Pueblos Indígenas de la Argentina. Destacan que el voto en contra no exime
al país de respetar y cumplir cada uno de los compromisos internacionales
ratificados que generan una obligación internacional.
Ante este contexto, la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó un llamado al Estado
argentino a respetar los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas.
Puntualmente, el organismo manifiesta su preocupación ante las decisiones
administrativas que podrían afectar el ejercicio del derecho a la libre determinación
y exhorta a la Argentina a cumplir con sus deberes internacionales en base al
ordenamiento jurídico que el país ratificó y generan obligación internacional.
Una derogación anunciada
Haciendo caso omiso, en el
Día Internacional de los Derechos Humanos, el Gobierno derogó la Emergencia
Territorial Indígena por decreto. Se trata de la Ley 26.160 sancionada en 2006
que suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos,
cuyo objeto sea el desalojo de comunidades indígenas o desocupación de tierras.
La ley había sido prorrogada por el Congreso en tres ocasiones (durante las
gestiones de Cristina Kirchner y Mauricio Macri) y vuelta a prorrogar por
decreto en 2021 por Alberto Fernández. La norma estaba en vigencia hasta
noviembre de 2025.
La celeridad de la agenda
contra los derechos indígenas antes de terminar el año parece indicar que los
capitales minero y energético necesitan un marco legal que les permita operar
en los territorios indígenas. Así, el avance contra los territorios indígenas
va de la mano de un nuevo plan de saqueo sobre sus recursos.
* Abogada y Magíster en
Antropología Social (CIESAS). Además es activista y defensora de los derechos
humanos.
Fuente: Página/12
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